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La legítima defensa no es un “derecho absoluto” en Colombia

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Una serie de mensajes en plataformas sociales ha causado desinformación al aseverar que en Colombia se ha autorizado un “derecho total a la legítima defensa”, permitiendo a cualquier persona atacar, lesionar o incluso matar a un intruso sin recibir sanciones legales. Esta declaración es incorrecta. No hay en el país ninguna modificación legal reciente que apoye lo que se ha compartido.

¿Qué se aprende?

El artículo que se ha vuelto popular, difundido principalmente a través de páginas de Facebook provenientes de Colombia, afirma que el Congreso de la República supuestamente ha aprobado una modificación al Código Penal. Esta modificación eliminaría la responsabilidad penal para las personas que se defiendan de un intruso, incluso si dicho intruso es un miembro de las fuerzas del orden. Según lo que dicen esos informes, la persona agredida estaría legalmente protegida para responder con violencia mortal sin someterse a un juicio.

El mensaje aparece como una noticia actual, indicando que la regla fue sancionada «hoy», y menciona a una supuesta legisladora llamada Libia Dennise García Muñoz Ledo, quien —según el contenido— habría promovido el cambio. No obstante, al examinar el ámbito legislativo y los documentos oficiales, estas declaraciones se caen totalmente.

¿Qué decisión se ha tomado?

La declaración es incorrecta y carece de apoyo jurídico en Colombia. A la fecha, no hay ninguna iniciativa legal propuesta ni sancionada en el Congreso colombiano que incluya una figura como la de un «derecho absoluto» a la defensa propia. La información que se difunde en redes deriva en realidad de una desinformación antigua que tergiversa una modificación legislativa aprobada en Guanajuato, México, en 2018, y que no tiene conexión con el sistema legal colombiano.

Además, el nombre citado —Libia Dennise García Muñoz Ledo— corresponde a una figura política mexicana que actualmente es gobernadora del estado de Guanajuato. En ningún momento ha sido miembro del Congreso colombiano, donde no existe el cargo de diputada, sino los de senadora o representante.

En relación al contenido jurídico, la defensa propia está efectivamente contemplada en Colombia, particularmente en el artículo 32 del Código Penal. Esta disposición señala que una persona no tiene responsabilidad penal si se defiende frente a un ataque injusto, presente o inminente. No obstante, es crucial respetar el principio de proporcionalidad, y no se exime de enfrentar un proceso penal cuando existen incertidumbres respecto al contexto del suceso.

El Código Penal de Colombia incluye desde hace mucho tiempo la presunción de defensa legítima en situaciones de ingreso no autorizado a un hogar. Sin embargo, esto no implica una exoneración automática, ya que todavía se lleva a cabo una investigación judicial para aclarar cada situación.

La defensa propia no es ilimitada y no libera de responsabilidad penal

A diferencia de lo que suelen indicar los mensajes falsos, la normativa colombiana no prevé una figura que permita ocasionar daño mortal sin afrontar responsabilidades legales. Incluso en situaciones de defensa propia, un juez debe evaluar las acciones para verificar si fueron legales.

La confusión actual parece haber resurgido a partir de una tergiversación de una antigua modificación al Código Penal de Guanajuato, en México. Dicha reforma introdujo una presunción de legítima defensa para determinados casos, pero no suprimió el proceso penal ni convirtió el derecho en absoluto.

No hay un “derecho absoluto” nuevo a la defensa propia en Colombia

Las publicaciones circulando en redes sociales sobre una supuesta autorización en Colombia de un «derecho ilimitado» a la defensa propia son totalmente incorrectas. No existe ninguna reforma en curso ni propuesta que apoye esta declaración. La defensa propia en el país sigue estando regulada por los principios de necesidad, proporcionalidad y justificación, y cualquier acción dentro de ese marco debe ser evaluada en un proceso judicial. La desinformación, tomada de una antigua reforma de otra nación, solo ayuda a confundir y distorsionar el debate legal en Colombia.